CONSTATADO OFICIALMENTE: dato procedente de algún documento público signado por notario o escribano.
CONSTATADO EXTRAOFICIALMENTE: dato procedente de alguna fuente primaria no oficial (crónica, historia, relación, etc.).
ESPECULATIVO PROBABLE: dato propuesto inferido de alguna prueba fehaciente, siendo factible su acotación cerrada en el tiempo o en el espacio.
ESPECULATIVO IMPROBABLE: dato propuesto inferido de alguna prueba fehaciente, no siendo factible su acotación cerrada en el tiempo o en el espacio.
CONTROVERTIDO: dato sujeto a debate o controversia no resuelta.
DESCONOCIDO / FICTICIO / PROVISIONAL: dato sujeto a alguna de estas características y no susceptible de inclusión en otra categoría.
Mostrando 31-40 de 184 elementos.

 CRONOLOGÍA

FechaSucesoLugarObservacionesPersonajes implicadosÚltima modificaciónAcciones
1484-08-30Gil de Segura, vecino de Olmedo, recauda los sueldos de varios representados que participaron en la conquista de Gran CanariaCórdoba (Corona de Castilla)Alfón de Córdoba
Alonso de Toledo
Andrés de Carmona
Antón Ollero
Antonio de Arévalo
Antonio de Padilla
Catalán
Diego de Carmona
Fernando de la Barrera
Francisco Núñez de Toledo
Gil de Segura
Gonzalo Hurtado
Juan de Ávila
Juan del Puerto
Juan Martínez
Juan Ramos
Luis de la Barrera
Machín
Martín de Marquina
Olivares, el de Carmona
Pedro Dorador
Pedro Fernández de Olivares
Pedro Morisco
Pedro Rodríguez de Carmona
Rodrigo de Sanlúcar
2016-10-31
1484-08-30Pedro de Alcalá, vecino de Utrera, cobra el sueldo que se le debía a Juan Martínez de Molina, por su participación en la conquista de Gran Canaria, en nombre de esteCórdoba (Corona de Castilla)

Juan Martínez de Molina no se había presentado en persona a cobrar su sueldo la semana anterior.

Francisco Núñez de Toledo
Gonzalo Hurtado
Juan de Ávila
Juan Martínez de Molina
Pedro de Alcalá
Pedro Fernández de Olivares
2017-09-27
1484-08-31Los Reyes Católicos mandan a los vecinos de La Gomera obedecer la carta por la que les conminaban a acatar el señorío de Fernán PerazaCórdoba (Corona de Castilla)
  • La orden responde a la queja del interesado de que sus vasallos se negaban a obedecerle, contrariando dicha carta anterior de los monarcas.
  • De no acatar los vecinos esta orden, los Reyes mandan que las autoridades ejecuten las penas previstas en la anterior carta.
Andrés de Villalón
Antón Rodríguez de Lillo
Diego Hurtado de Mendoza
Fernán Peraza el Joven
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Isabel I de Castilla
Rodrigo Maldonado de Talavera
2017-11-06
1485-08-30Los Reyes Católicos ordenan impedir que los canarios residentes en Sevilla sean agraviados bajo el pretexto de no ser cristianos, y que no se les permita practicar sus costumbres gentílicasCórdoba (Corona de Castilla)
  • La provisión se expide en respuesta a la petición de don Fernando Guanarteme en nombre propio y de los canarios y canarias residentes en Sevilla, quienes se quejan de que se les toma a sus mujeres e hijos bajo el pretexto de no ser cristianos, entre otros maltratos.
  • Ordenan al alcalde mayor de Sevilla defender a dichas personas y, de igual modo, cuidar de que no practiquen sus costumbres gentílicas, busquen señores a quienes servir,  se les castigue prudentemente si hiciesen mal, y se les eduque en las costumbres y usos cristianos.
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Isabel I de Castilla
Juan Guillén
Tenesor Semidán (Fernando Guanarteme)
2019-07-10
1490-08-27Los Reyes Católicos ordenan a los obispos de Canaria y Málaga rescatar a los gomeros esclavizados por Pedro de Vera y Beatriz de BobadillaCórdoba (Corona de Castilla)
  • Los monarcas relatan cómo por çierto ynsulto que fizieron e cometieron algunos vecinos de la Gomera contra Fernand Peraza [...] matándole como le mataron con alboroto e escándalo, Pedro de Vera, gobernador de Gran Canaria, marchó a dicha isla en socorro de la viuda, Beatriz de Bobadilla, y en uengança de la dicha muerte mataron muchos de los vecinos de la dicha ysla de la Gomera y las mugeres y moças y niños y niñas catyvaron e los vendieron por esclauos e esclauas por muchas partes de nuestros Reynos de Castilla e de Aragón.
  • Declaran que después les fué fecha rrelación que las dichas mugeres e niños e niñas eran christianos antes e al tiempo que sus maridos cometieron los dichos delitos y que no tovieron cargo ni culpa alguna por que fuesen tomados por esclauos e vendidos por catyuos, [...]
  • Por decisión consensuada en el Consejo de Castilla, ordenan a los obispos liberar a todos los gomeros que obren en poder de cualquier persona y entregarlos a personas que los críen e dotrinen y tengan por libres y les den lo que ouiere menester, además de averiguar quiénes fueron los vendedores y a qué precios fueron vendidos, registrando todo el proceso ante escribano público.
  • Ordenan a las personas que tengan a los gomeros en su poder traerlos ante los obispos de Málaga (Pedro Díaz de Toledo) y Canaria (Miguel López de la Serna). 
Alonso del Mármol
Álvaro de Portugal
Antón Rodríguez de Lillo
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Isabel I de Castilla
Miguel López de la Serna
Pedro de Vera
Pedro Díaz de Toledo
Rodrigo Maldonado de Talavera
2018-01-18
1490-10-14Los Reyes Católicos ordenan sobreseer el embargo de los bienes de Pedro de VeraCórdoba (Corona de Castilla)
  • Responden a la protesta de Pedro de Vera, quien se queja de la ejecución de dos órdenes regias, una para que deposite fianza destinada a compensar la venta de su parte en los gomeros capturados y otra para embargarle sus bienes.
  • Los Reyes mandan sobreseer ambas órdenes, puesto que Vera ya había depositado la fianza, y que se envíen las cartas correspondientes al obispo de Málaga, encargado de abonar las compensaciones.
Álvaro de Portugal
Andrés de Villalón
Andrés González de Osorio
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Isabel I de Castilla
Juan Díaz de Alcocer
Pedro de Vera
Pedro Díaz de Toledo
2018-06-04
1491-05-21Los Reyes Católicos ordenan a Francisco de Maldonado libertar a los gomeros que estén en poder de Beatriz de Bobadilla y otras personasCórdoba (Corona de Castilla)
  • Empieza la carta manifestando que Pedro de Vera había ido a La Gomera con mucha gente de caballo y de pie porque ciertos vecinos habían matado a Fernán Peraza, y detenido a todos los vecinos, y a sus mujeres e hijos, ejecutándolos a ellos y repartiendo a los demás entre él, Beatriz de Bobadilla y los capitanes de los navíos que estuvieron en la Isla. Y como los cautivos eran cristianos y no podían ser esclavizados ni vendidos, se acordó en el Consejo Real liberarlos y restituir a los compradores el importe de los mismos.
  • Dice que Vera depositó 500.000 maravedís como fianza, que entregó al obispo de Segovia, Juan Arias Dávila.
  • Ordenan a Francisco de Maldonado liberar a todos los gomeros que halle en Canarias y que averigüe, mediante juramento, las ganancias de los implicados, y que estos las restituyan a los compradores en plazo. En caso contrario, que embargue sus bienes y los lleve a subasta pública.
  • Ordenan a Bobadilla entregar a Maldonado las cantidades que percibió por las ventas para remitirlas a los obispos de Málaga y Canaria.
  • Pedro de Vera acusó a Francisco de MercadoJuan VerdeFrancisco de Espinosa de haber vendido 57 cabezas en su nombre y en el de otros escuderos de Gran Canaria, por importe de al menos 200.000 maravedís. Los Reyes ordenan a Maldonado recaudar esta cantidad de esas tres personas o, si no se la entregasen, embargar sus bienes y venderlos en subasta pública.
  • Mandan también que Maldonado redacte un informe y se lo envíe.
Alonso de la Caballería
Alonso del Mármol
Beatriz de Bobadilla
Fernán Peraza el Joven
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Francisco de Espinosa
Francisco de Maldonado
Francisco de Mercado
Francisco Luna
Isabel I de Castilla
Juan Arias Dávila
Juan Verde
Miguel López de la Serna
Pedro de Vera
Pedro Díaz de Toledo
2018-06-05
1491-09-27Los Reyes Católicos ordenan tomar declaración jurada a Beatriz de Bobadilla sobre cómo retribuyó a Pedro de Vera la intervención de este en La Gomera Córdoba (Corona de Castilla)
  • La orden responde a una queja presentada por los vecinos de Gran Canaria a través de su representante, Fernando Porras, quien alega que Beatriz de Bobadilla había pedido ayuda a Pedro de Vera contra los alzados en La Gomera, y que ahora los monarcas habían ordenado abonar a los vecinos las soldadas correspondientes a la participación de estos en la represión del levantamiento.
  • Los vecinos protestan que debía ser Vera quien les retribuyese su participación, ya que este había recibido en pago, por cuenta de Bobadilla, 1.000 castelllanos de oro y 500 quintales de orchilla (por valor de otros 1.000 castellanos de oro). Sin embargo, Vera les había pagado con esclavos para su venta, de la que ahora se les exige la devolución de los importes, pues los mismos fueron declarados libertos por su condición de cristianos.
  • Los reyes ordenan a Diego López de Astudillo que tome declaración jurada a Bobadilla sobre qué retribución dio a Vera y qué personas vendió, personalmente o mediante terceros, y cuáles fueron sus precios de venta, y les envíe un informe al respecto.

Observación

  • Un castellano de oro tenía un valor que oscilaba entre 400-500 maravedís.
Alonso del Mármol
Álvaro de Portugal
Andrés de Villalón
Antón Rodríguez de Lillo
Beatriz de Bobadilla
Diego López de Astudillo
Fernán Peraza el Joven
Fernando Porras
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Francisco de Malpartida
Isabel I de Castilla
Juan Díaz de Alcocer
Juan Ruiz del Castillo
Pedro de Vera
2019-09-25
1492-06-08Los Reyes Católicos aplazan el depósito de 500.000 maravedís con los que Beatriz de Bobadilla debía cubrir las indemnizaciones a los compradores de los gomeros esclavizados tras la rebelión de 1488Córdoba (Corona de Castilla)
  • Los monarcas sobreseen sus cartas y sobrecartas que ordenaban a Beatriz de Bobadilla el depósito del importe hasta escuchar las alegaciones de los gomeros, ya que Bobadilla había comparecido ante el Consejo Real para justificar la venta de los prisioneros.
  • Bobadilla defendió su actuación argumentando que:
    1. Los gomeros cautivados no eran ni fueron cristianos aunque tenían nombre de tales, ya que no hacían obras de cristiano ni se preocupaban de bautizarse, tenían ocho o diez mujeres, vivían desnudos y se llamaban con nombres gentiles. No permitían cristianos entre ellos y les hacían otras muchas supertiçiones a todas sus cristianas.
    2. Hacía ocho o diez años (por 1482 ó 1484) que Fernán Peraza se había quejado a los Reyes Católicos y al obispo de Canaria (Juan de Frías) al respecto, y que al final había llegado a un acuerdo con los gomeros mediante el deán de San Juan(?) y otras personas, por el que estos se comprometían a abandonar sus ritos e herrores y ser buenos cristianos o, de lo contrario, serían conquistados e dados en cabtiuerio e perpetua seruidumbre.
    3. Los gomeros no habían cumplido lo pactado, y como Fernán Peraza había tratado de que lo hiciesen, entre todos tramaron matarles a ambos y a sus hijos, librándose estos y ella por haberse refugiado en una torre de la dicha ysla, que le avían tenido çercada mucho tiempo.
Beatriz de Bobadilla
Fernán Peraza el Joven
Fernando V de Castilla y II de Aragón
Francisco de Maldonado
Isabel I de Castilla
Juan de Frías
2018-06-05
1454-09-07Inés Peraza y Diego de Herrera ganan el pleito que mantenían con Maciot de Béthencourt por la posesión de LanzaroteCuéllar (Corona de Castilla)
  • En el auditorio de la plaza de Cuéllar se presenta Gutierre de la Peña, procurador de Diego de Herrera, quien a la vez actúa en nombre de Inés Peraza, y pide al licenciado Pedro González de Taranco que dicte sentencia respecto del pleito que mantienen sus representados contra Maciot de Béthencourt.
  • Taranco falla a favor de Inés Peraza puesto que Béthencourt no había respetado el derecho de tanteo de Guillén de las Casas sobre la venta de Lanzarote y además la había vendido a una persona –el infante dom Henrique de Portugal– que no era súbdita de la Corona de Castilla.
  • El derecho de tanteo prescribía a los cien días de su notificación. En ese plazo, el precio de la Isla debía pactarse entre dos personas, cada una elegida por cada parte. Prescrito el derecho, Béthencourt podía disponer de la Isla salvo enajenarla o venderla a persona no sujeta al rey de Castilla.
  • El juez condena a Béthencourt, en rebeldía y contumacia, a las costas del proceso así como a abonar las rentas devengadas desde que vendió la Isla a Henrique de Portugal, para lo cuál Taranco designaría a dos personas que evaluarían dicho importe.
Bernabé Rodríguez de Baena
Diego García de Herrera
Fernán Peraza el Viejo
Guillén de las Casas
Gutierre de la Peña
Henrique de Avis
Inés Peraza
Juan Ortiz de Segovia
Maciot de Béthencourt
Pedro González de Taranco
Pedro Sánchez de Arévalo
Sancho Ruiz de Villalba
2020-09-12