CONSTATADO OFICIALMENTE: dato procedente de algún documento público signado por notario o escribano.
CONSTATADO EXTRAOFICIALMENTE: dato procedente de alguna fuente primaria no oficial (crónica, historia, relación, etc.).
ESPECULATIVO PROBABLE: dato propuesto inferido de alguna prueba fehaciente, siendo factible su acotación cerrada en el tiempo o en el espacio.
ESPECULATIVO IMPROBABLE: dato propuesto inferido de alguna prueba fehaciente, no siendo factible su acotación cerrada en el tiempo o en el espacio.
CONTROVERTIDO: dato sujeto a debate o controversia no resuelta.
DESCONOCIDO / FICTICIO / PROVISIONAL: dato sujeto a alguna de estas características y no susceptible de inclusión en otra categoría.
Mostrando 131-140 de 184 elementos.

 CRONOLOGÍA

FechaSucesoLugarObservacionesPersonajes implicadosÚltima modificaciónAcciones
1449-04-15Juan II de Castilla ordena a las autoridades apoyar a Fernán Peraza el Viejo en la posesión de Lanzarote y La Gomera, y confirma la exención del quinto a las exportaciones desde Canarias hecha a Jehan IV de BéthencourtBenavente (Corona de Castilla)
  • La orden es dada al Almirante Mayor de la Mar y a su lugarteniente, así como a los alcaldes, alguaciles y otras autoridades, tanto de Sevilla como de las islas en poder del Señorío de las islas de Canaria.
  • La orden se debe a que algunas personas poderosas, tanto extranjeras como castellanas se han entrometido en perturbar e inquietar dichas islas, tanto en lo tocante al Señorío como en la conquista, perjudicando a Fernán Peraza.
  • Se alude implícitamente a la intervención del infante Dom Henrique de Portugal en ambas islas.
  • Fernán Peraza había protestado que las autoridades le exigían el quinto de los cautivos canarios traídos a las poblaciones tributarias del Arzobispado de Sevilla y del Obispado de Cádiz. Para defender su derecho, presentó carta del rey Enrique III por la que este otorgaba exención de quintos a Jehan IV de Béthencourt.
  • Juan II hace mención específica de la exención sobre cueros de cabras y cabrones, sebo, y canarios y canarias.
  • Justifica la exención por el hecho de que Peraza hace guerra y conquista sobre los canarios a su propia costa, sin ayuda de la Corona.
Fernán Peraza el Viejo
Fernando Arcediano
Juan II de Castilla
Pedro de Clavijo
Pedro Fernández de Lorca
Sancho Fernández de Carrión
2019-04-15
1450-02-22Juan II de Castilla ordena al Concejo y vecinos de Lanzarote recibir a Juan Íñiguez de Atabe como secuestrador de la IslaToro (Corona de Castilla)
  • La orden responde a la petición de los vecinos para que el Rey les refrendase la validez de los títulos que les había presentado Fernán Peraza el Viejo avalando la pretensión de este al señorío de la Isla. 
  • Puesto que Fernán Peraza, a fecha de la orden, no había presentado sus títulos ante Juan II, este ordena a los vecinos recibir a su escribano de cámara, Juan Íñiguez de Atabe, como secuestrador de la Isla hasta que el Rey decidiese otra cosa. El secuestro incluía ejercer el gobierno e impartir la justicia, así como la percepción de los tributos y rentas señoriales.
Fernán Peraza el Viejo
Fernando Díaz de Toledo
Juan II de Castilla
Juan Íñiguez de Atabe
2017-12-07
1451-03-08Juan II de Castilla ordena al Concejo y vecinos de Lanzarote no estorbar la entrega de tributos y rentas al secuestrador Juan Íñiguez de Atabe e impedir la entrada en la Isla a Maciot de BéthencourtValladolid (Corona de Castilla)
  • El Rey responde así a la carta del Concejo y vecinos de Lanzarote en la que le comunicaban que no habían entregado algunos de los derechos, en especial los cueros y sebo de la dehesa de Tagaciago producidos el año anterior, a Alfonso de Cabrera, en representación de Juan Íñiguez de Atabe, por pertenecerles a ellos y no al señorío de la Isla.
  • Juan II muestra sorpresa porque los vecinos le habían asegurado en anterior ocasión que la Dehesa se la habían donado a Maciot de Béthencourt y, por tanto, sus productos también eran objeto de secuestro. Por tanto, ordena que se cumpla todo lo dispuesto en sus anteriores cartas referentes al secuestro de la Isla.
Alfonso de Cabrera
Diego de los Albarranes
Juan II de Castilla
Juan Íñiguez de Atabe
Pedro Fernández de Lorca
2017-12-13
1451-04-20Juan II de Castilla pide al Concejo y vecinos de Lanzarote apoyar a Juan Íñiguez de Atabe en las misiones que se le encomiendenToledo (Corona de Castilla)
  • Juan II agradece a los lanzaroteños los servicios prestados a la Corona de Castilla mediante la defensa de la Isla contra los portugueses, descritos en carta enviada por ellos al Rey y por el relato de Juan Íñiguez de Atabe, prometiendo recompensarles según les detallaría este último.
  • Solicita además que le presten todo su apoyo a Íñiguez de Atabe, quien llega con refuerzos a Lanzarote, y en previsión de fuerzas adicionales que enviará el Rey más adelante.
Juan II de Castilla
Juan Íñiguez de Atabe
2019-04-17
1454-07-22Muerte de Juan II de CastillaValladolid (Corona de Castilla)

Le sucede su hijo Enrique, príncipe de Asturias, quien reina como Enrique IV. 

Juan II de Castilla
2017-12-13
1451-04-06Juan Íñiguez de Atabe solicita traslado de los documentos que debe llevar a LanzaroteSevilla (Corona de Castilla)
  • Se presenta a la audiencia de la hora nona con tres cartas de Juan II de Castilla:
    1. Orden de recibir a Juan Íñiguez de Atabe como secuestrador de Lanzarote.
    2. Orden de entregarle a Atabe todas las rentas y tributos señoriales de la Isla. 
    3. Orden de impedir la entrada de Maciot de Béthencourt en Lanzarote.
  • Solicita copia de todos estos documentos para prevenir su destrucción, pérdida o robo.
Alfonso Rodríguez
Bernal González
Diego de Azagala
Diego Rodríguez Bocanegra
Juan Íñiguez de Atabe
2017-12-08
1422-06-08El conde de Niebla exime a Lanzarote y Fuerteventura de pagar tributos a excepción del quinto y dispone que dichas islas se rijan mediante el fuero de Niebla y las Partidas castellanasAlmonte (Corona de Castilla)
  • La exención responde a la petición de los vecinos de ambas islas:
    • [...] porque soy ynformado que en los tiempos pasados fasta aquí avedes sofrido muchas angustias e trabajos, asy por los temporales del çielo como por guerras e persecuçiones de algunas personas de quien avedes seydo perseguidos e atribulados non deuidamente, e por vos sustentar e releuar de algunos tributos que tenedes fasta aquí que por vuestra petiçión me embiaste desir que vos heran graues e que me pluguiese a mi merçed de los atenplar,[...]
  • El quinto se aplica sobre los ganados domésticos y privados, y sobre los productos de labranza y crianza, en reconocimiento del señorío y en ayuda de las conquistas que el conde planea hacer sobre las islas rebeldes.
  • Ordena que la isla se rija por el fuero de Toledo que fisieron los reyes godos, limitado por las Partidas que el rey Alfonso X de Castilla, mi bisabuelo, hizo en Alcalá de Henares: vos mando que biuades e seades regidos por las leyes e derechos común de las Partidas [...].

Observaciones

  • Es un traslado sacado por Juan Ruiz de Zumeta, escribano público de Lanzarote.
  • El traslado lo facilita Diego de Herrera a Esteban Pérez de Cabitos como respuesta a la orden dada por Fernando el Católico al hijo del primero, Pedro García de Herrera, para que devolviese las pruebas documentales confiscadas a los procuradores del Concejo de Lanzarote. Se desconoce si este traslado formaba parte de los documentos incautados o si se le encargó una nueva copia a Ruiz de Zumeta.
Diego León
Enrique de Guzmán
Juan Ruiz de Zumeta
Pedro de Oliva
2019-06-08
1418-11-15Maciot de Béthencourt dona el Señorío de las islas de Canaria al conde de Niebla en nombre de Jehan IV de BéthencourtSevilla (Corona de Castilla)
  • La donación la efectúa Maciot de Béthencourt en nombre de su tío Jehan IV de Béthencourt, de quien se presenta como procurador.
  • Comprende la totalidad de las islas "ganadas y por ganar": El Roque, Santa Clara, Alegranza, La Graciosa, Lanzarote, Ysla de Lobos, Fuerteventura, La Gran Canaria, El Infierno, La Gomera, Ysla del Fierro e Ysla de Palmas.
  • La causa de la donación es el buen amor que tiene Jehan de Béthencourt con el Conde, y por ser este persona noble y de la sangre de los reyes de Castilla, y por las honras, buenas obras y méritos del Conde, hechos y por hacer, hacia el normando y los de su linaje.
  • Se le otorga al Conde la tenencia, posesión y la propiedad para dar, vender, empeñar, trocar o enajenar el Señorío.
  • Maciot se constituye en tenedor y poseedor de las Islas en nombre del Conde, al igual que anteriormente las administraba en nombre de su tío.
  • Como garantía, Maciot se compromete a abonar al Conde 30.000 doblas moriscas de buen oro y justo peso sacadas de los bienes de su tío, en caso de que no fuese posible llevar la donación a buen término.
  • Maciot de Béthencourt y su tío se acogen al Fuero de Sevilla y al ordenamiento de Alcalá de Henares en caso de pleito.
  • El Conde accede a dejar a Maciot como poseedor, tenedor, capitán y gobernador del Señorío hasta disponer otra cosa.

ESPECULACIÓN

  • Puede entenderse que la donación incondicional del Señorío al conde de Niebla fue un trámite burocrático forzado por las circunstancias políticas: Jehan IV de Béthencourt había rendido pleito homenaje a Enrique V de Inglaterra para conservar sus posesiones en suelo normando y no podía, a la vez, ser el titular de un señorío vinculado a la Corona de Castilla, aliada de Francia y, por tanto, enemiga de Inglaterra.
Diego García
Enrique de Guzmán
Maciot de Béthencourt
Martín Sánchez
2019-11-15
1426-03-18El conde de Niebla exime del quinto a las exportaciones desde Canarias y promete no conceder a terceros el ganado guanil de Lanzarote, Fuerteventura y El HierroSanlúcar de Barrameda (Corona de Castilla)
  • Se trata de una concesión solicitada por Maciot de Béthencourt en nombre de los vecinos, quienes pedían aclarar ciertas dudas interpretativas sobre el ámbito de aplicación del quinto.
  • La promesa de no conceder el ganado guanil a terceros responde a la preocupación vecinal de que el conde de Niebla pudiese ejercer esta potestad para favorecer a ciertas personas especiales.
  • Se exceptúa el ganado de Jandía, adjudicado por el Conde a Maciot de Béthencourt.

Observaciones

  • Es un traslado sacado por Juan Ruiz de Zumeta, escribano público de Lanzarote.
  • El traslado lo facilita Diego de Herrera a Esteban Pérez de Cabitos como respuesta a la orden dada por Fernando el Católico al hijo del primero, Pedro García de Herrera, para que devolviese las pruebas documentales confiscadas a los procuradores del Concejo de Lanzarote. Se desconoce si este traslado formaba parte de los documentos incautados o si se le encargó una nueva copia a Ruiz de Zumeta.
Enrique de Guzmán
Juan Ruiz de Zumeta
Maciot de Béthencourt
Pedro Alfonso
2017-12-05
1430-03-25El conde de Niebla renuncia a las islas insumisas en favor de Guillén de las Casas y vende a este sus derechos sobre el Señorío de las islas de CanariaSanlúcar de Barrameda (Corona de Castilla)
  • El acuerdo incluye:
    1. Renuncia a seguir el pleito mantenido con Alfonso de las Casas, ya difunto, reconociendo los derechos de este en la persona de su hijo, Guillén de las Casas.
    2. Donación a Guillén de las Casas de las islas disputadas en el pleito (Gran Canaria, Tenerife, La Gomera y La Palma).
    3. Venta a Guillén de las Casas de las islas bajo control del Señorío (Lanzarote, Fuerteventura y El Hierro) por 5.000 doblas moriscas de buen oro y justo pesoya cobradas tanto en moneda de oro como en maravedís.
    4. Promesa de amparar a Guillén de las Casas en la posesión del Señorío.
    5. Garantía de la transacción fijada en 20.000 doblas moriscas de buen oro y justo peso, a repagar cuantas veces se faltase a lo pactado.
  • El conde de Niebla afirma que necesita el líquido para costear su apoyo a Juan II de Castilla en la guerra que libra contra Aragón y Navarra.
Enrique de Guzmán
Fernando Bocanegra
Juan de las Casas
Maciot de Béthencourt
Pedro Alfonso Caballero
Pedro de las Casas
Pedro González del Alcázar
Pedro Sánchez
2017-04-17